jueves, 27 de septiembre de 2012

Hans Kelsen

Neopositivismo y Positivismo Jurídico


Hans Kelsen y otro autores, quienes tuvieron como finalidad definir el derecho y cual es su aplicación, su finalidad, y aquellos componentes que hacen que sea tratado como ciencia; y como no, también pensar en que parámetros debería seguir para constituirse como un derecho realmente aplicable.

Teniendo en cuenta cada una de las actuaciones que pueda llegar a tener el ser humano, pero tratando de tener un equilibrio, y una visión un poco idealista para nuestro tiempo, donde el derecho sea concebido como tal, donde no se vea influenciado por la política, y que aquellas preguntas y lagunas que se presenten en el mismo, en la norma y leyes, sean saciados o resueltos en ellas mismas; que no se tenga la necesidad del pensamiento o de involucrar el sentimiento, valoración y voluntad del juez o de los llamados "Obreros del Derecho"; sino que se busque en la misma norma la forma de llenar y suplir aquellas carencias que surjan de la misma. Este es un pensamiento de Kelsen, donde viendo de una forma demasiado positivista el Derecho, como el lo definía en la Teoría Pura del Derecho, el derecho se base en si mismo, y en si mismo sea solucionado.

Pero con el Neopositivismo, empieza a tenerse en cuenta que aquellas personas que hacen uso  del derecho, tanto quienes lo ejercen como profesión como quienes se ven beneficiados, son seres humanos que tienen sentimientos y que en ciertos casos se ven tentados a actuar de acuerdo a sus principios, convicciones o voluntades; pero que de cierta forma se nota la necesidad también de que el Derecho sea humanizado como lo permite el que los jueces sean considerados "Creadores de Derecho", en sus jurisprudencias, donde al emitir sus fallos, tratando de imponer la norma o de dar justicia de la forma mas equitativa puede verse influenciado por actitudes personales que en ocasiones se dan o son creadas por la misma ineficacia de la norma; donde se suscita la necesidad de llenar aquellas lagunas que se dan; cuando el legislador no puede abarcar el ámbito general y particular de los casos que se dan y la resolución de un problema pueda verse truncado por la falta de especificidad o por la falta de normas o simplemente porque las normas existentes no son totalmente aplicables a estos, y se ve la clara necesidad de la creación de normas nuevas, o en el caso de los jueces, emitir sus conceptos tomando como base los fallos dados con anterioridad en casos similares o que puedan darse como analogía de la norma.  


Yamile Gaitan Gonzalez
Código: 40201211125 
Derecho Noche

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