jueves, 20 de septiembre de 2012

HANS KELSEN

david steven carvajal marin 40201211063 HANS KELSEN su obra principal fue la teoria pura del derecho,en esta teoria,separa el derecho de la moral, identifica la idea de la teoria pura con el positivismo juridico, niega la distincion categorica entre el derecho privado y el derecho publico. con esta teoria pura del derecho, kelsen se opuso al dualismo del derecho y el estado, establecio una piramide donde nos muetra el orden jerarquico del estado: el era un ilustre jurista especializado en filosofía del derecho, derecho constitucional y su mayor aportación: derecho internacional. Entre los aspectos característicos de su pensamiento tenemos el dato primario de la experiencia jurídica y su aportación de la norma, ésta última, siendo el ordenamiento que sucede cuando todas las normas se derivan en una única. Este excelente pensador, ha sido uno de los más grandes contribuyentes al derecho internacional en todo el mundo, como un vivo ejemplo tenemos la obra cumbre de García Máynez, sobre derecho internacional y constitucional, con el mismo nombre, que está casi en su totalidad inspirada en el pensamiento y teoría del austríaco Hans Kelsen. Kelsen se considera como el mayor teorico del Derecho . Fue un opositor de los regímenes totalitarios de su época (fascistas y marxistas). Es también el jurista teórico antiliberal más sutil que ha habido. Hans Kelsen emprende "la tarea de elaborar una teoría depurada de toda ideología política y de todo elemento de la ciencia de la naturaleza, y consciente de tener un objeto regido por leyes que le son propias". Intenta probar que sólo existe el derecho positivo concebido como una serie de normas coordinadas y sistematizadas y ajeno a cualquier actitud valorativa. Pretende dar a la teoría del derecho la objetividad y la precisión propias de toda ciencia. Por Teoría Pura se entiende una ciencia cuyo único objeto es el derecho. Trata de determinar qué es y cómo se forma el derecho, sin indagar cómo debe ser y formarse. Para Kelsen el derecho se había introducido en temas psicológicos, biológicos, morales y hasta teológicos, acusando una grave falta de sentido crítico y poniendo en peligro la verdadera ciencia jurídica. De manera que los juristas de la teoría pura no están llamados a construir, sino a observar y a analizar el derecho, tal como éste se presenta. Es preciso dejar de lado la preocupación por su origen, causa o finalidad para centrarla en el derecho puesto, en el derecho positivo.

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