ARISTÓTELES Y EL
DERECHO
Aristóteles
(348 Ac. – 322 Ac.), fue un filosofo de la antigua Grecia, que tuvo gran
influencia en el origen de la ciencia occidental. Contrario a la ciencia en
oriente que no se fundamenta en los principios aristotélicos. Él es considerado el padre de la lógica formal
y de la biología.
Cuando
comienza el estudio de la filosofía, se pregunta ¿Qué es el ser?, a lo que
contesta que es todo lo que es y no es, donde unos seres existen y otros no
existen.
Sugiere
que la filosofía para su estudio debe ser dividida en tres campos: El del ser; El del conocer y El
del obrar. Los cuales están directamente relacionados con el objeto de
estudio del derecho, que es, la conducta del ser humano en el ordenamiento
jurídico.
La
ciencia encargada del estudio del ser es la ontología, y a su vez se estudian
tres seres, dios; El mundo y El hombre y
sus respectiva ciencia de estudio son la teología y la teodicea; la cosmología
y la antropología.
Si
bien el objeto de estudio del derecho es el ser humano, este no se encuentra
aislado, este recibe la influencia de los demás seres, (dios, el mundo y el
hombre), creando relaciones e
interrelaciones que fluctúan en el tiempo y en el espacio, debido a factores
que surgen como nuevas necesidades, expectativas etc. Es por esto que frente a
la complejidad de relaciones que se visualizan en la sociedad, el derecho
responde regulando los nuevos ámbitos con las diferentes ramas del derecho.
Así, hoy se habla del derecho ambiental, derecho internacional, derecho
espacial, etc….
Igualmente,
el derecho debe investigar, analizar y sintetizar, estas relaciones e interrelaciones
entre los sujetos, para proferir justicia, cumpliendo con el cometido del pacto
social al cual todos adherimos por voluntad general.
Un
segundo elemento considerado por la filosofía aristotélica, el conocimiento, la epistemía. Y se pregunta:
¿Qué conocemos; como conocemos?; existen varias posturas, y se sugiere que se
puede conocer a través de los sentidos o sensualismo; a través de la razón o
racionalismo; a través de la relación o creencia; a través de la intuición;
escepticismo. Todo lo anterior para referirnos a la polémica pregunta ¿El
derecho es una ciencia o una técnica?, pregunta que genera mucha controversia
por las diversas posturas que se precisan.
Por
un lado, se dice que es un técnica porque se sustenta en las normas, los
códigos y todo el ordenamiento jurídico , además que en el cumplimiento de sus
funciones emplea una herramienta lógica denominada silogismo jurídico
(herramienta creada por la filosofía aristotélica para la inferencia de un
conclusión lógica que se deriva de las premisas mayor y menor); así, en el
silogismo jurídico, se emplea la ley como premisa mayor, el hecho como premisa
menor y a partir de ellas se infiere la conclusión que ni siempre es la
consecuencia. La técnica jurídica, en la actualidad ha entrado en su obsolescencia
debido a que en la realización de fallos se deben utilizar otras fuentes
creadoras de derecho.
Por
su parte otros reconocer que el derecho es una ciencia porque, esta no solo se
fundamenta en el ordenamiento jurídico, sino que están los principios y los
valores, además, para su investigación emplea métodos de las ciencias sociales.
En
tercer lugar, la filosofía aristotélica se ocupa del hacer y del obrar,
desarrollas a través de las ciencia como la ética y la política. La ética se ocupa del estudio del
comportamiento del ser humano en relación a lo bueno y lo malo, es un
comportamiento individual; mientras que la política es la ciencia encargada de
dirigir el colectivo hacia el cumplimiento de propósitos loables para la
comunidad, es un comportamiento grupal.
En la profesión de abogado o cualquier otra, es difícil cuantificar o
cualificar la ética ya que ella corresponde a un comportamiento individual
frente a una situación. Por eso, sería más correcto hacer referencia a los
códigos deontológicos de una profesión.
La
lógica formal de Aristóteles, formuló unos principios o pilares de la
discusión, que son; El principio de identidad; El principio de no contrario, El principio
de tercero excluido, El principio de
relación causa efecto. Estos
principios deben ser considerados en cualquier discusión para que esta sea
clara y precisa. En el ámbito del abogado, la retórica y argumentación deben
seguir estos principios para llegar a conclusiones concretas y exactas. Más si
se tiene en cuenta que los humanos tendemos a plasmar las subjetividad, a lo
cual evitaría interpretaciones acomodadas y conflictos entre las partes.
Nombre Lucy Alexandra Parra Correa
Código 40201129786
Filosofía
del Derecho. Segundo semestre. U.M.
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