Para entender la existencia de la sociología jurídica, deberá aceptarse que el hombre se ha encontrado viviendo en compañía de sus congéneres desde la antigüedad, hecho que se ha visto avocado al establecimiento de un orden racional proporcionado por las normas y reglas que comanden las relaciones entre los asociados, de modo que el ser humano aprenda y obedezca un mínimo de límites que le otorguen el estatus de social.
El hombre ha demostrado su necesidad de vivir congregado, por lo que desde su nacimiento y en el transcurso de su desarrollo se ha adaptado a las condiciones bajo las cuales transita su camino dirigido hacia la socialización, creando una ambiente benéfico que podrá garantizarle su permanencia en los grupos en los que se encuentre, en la medida en que actué conforme al ordenamiento establecido para su convivencia, de manera que beneficie a todos los integrantes.
Si bien es cierto que el individuo, inicia su vida con una condición natural asocial, este en su trasegar, encuentra imperioso empezar a relacionarse con otros de su especie convirtiéndolo en un ser social, creando justamente un ambiente de interacción que posteriormente necesitara de mecanismos normativos que le brinden acceso a determinados elementos y en otros casos le limiten su comportamiento con el fin de evitar una afectación a sus semejantes.
Bajo estas condiciones emergen ciertas ciencias que se encargan del estudio del comportamiento humano como lo es la sociología en su más amplio sentido, entendiendo esta como aquello que pretende llegar a las proposiciones abstractas sobre las mutuas relaciones de los hombres concibiéndose como su objeto todo aquello que los individuos hacen o dejan de hacer con relación a sus semejantes para el surgimiento de estos tipos de corrientes, fue necesario que las personas comenzaran a cuestionar los comportamientos de los otros.
De modo que surge apropiado y valido el pensamiento del sociólogo Max weber, quien consideraba que “existía una cuestión sociológica cuando un individuo o varios en sus acciones dicen algo con relación a otras personas” así que para él, el objeto de estudio de la sociología resulta ser la acción social la cual define como “como la conducta humana con sentido y dirigido a la acción de otro”.
Pero cuando estas acciones se ciñen a un conjunto de reglas que le permitan al sujeto una coexistencia dentro del círculo al cual pertenece como lo es la sociedad, emergen nuevas necesidades que son materia de estudio, pero que ya no será de la sociología como ciencia abstracta, sino de una de sus especialidades, como los es la sociología jurídica o de derecho, gozando de una especial singularidad, en lo que se refiere a sus temas de estudio y a su incidencia en la sociedad, sin que ello pretenda el desligue de la segunda con la primera, pues de antaño se conoce de su dependía diferenciada por los temas de análisis y los métodos que para ello emplea.
De tal matiz, resulta apropiado decir que la sociología jurídica comprenderá aquello que estudia el comportamiento reglado del individuo que lo haga socialmente aceptable, encargándose de la preponderancia de los agentes sociales en el derecho y de la inferencia que este tiene a su vez en la sociedad, creando una interdependencia de lo social y lo jurídico, es por ello que, en la medida en que los sujetos construyan derecho en pro de optimizar su convivencia, estará presente la sociología jurídica procurando por la comprensión de la evolución de las adaptaciones sociales de acuerdo a los códigos jurídicos que para el fin sean creados.
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