jueves, 29 de septiembre de 2011

DWORKIN Y HART , SU DEBATE! manuela alzate hoyos 29 de septiembre 2011

podemos ver claramente que siendo hart un representante del positivismo juridico , es dworkin, un no positivista, ya que dworkin conisidera que le derecho no es un "conjunto reglas" como lo considera hart , es un  "conjunto de principios"; es entonces en el significado de derecho para hart , donde se centra dworkin para hacer su critica con respecto a lo que plantea hart .


hart siendo un representante del positivismo , no solo es partidario del positivismo ideologico ya que separa el derecho de la moral , permitiendo establecer en el derecho la ditincion entre una invalidez de la norma juridica y su inmoralidad, considerado de cierto modo que el derecho injusto tambien hace parte del derecho; pero es alli entonces donde niega que por el hecho de ser derecho no tiene que ser considerado como deber moral su cumplimiento  o no cumplimiento.

dworkin en su critica frente a la deficion de derecho para hart ,en no estar deacuedo con que este sea un sisitema de regalas, tambien plantea otra serie de cristicas al no estar deacuerdo con permitir  la admision de una textura del derecho que permite la discrecionalidad judicial . considera de igual manera que el derecho no pude ser considerado todo como un conjunto de reglas, es necesario abarcar los princios, es valido un considerarlo como un conjunto de reglas en el sisitema jurido , pero no considerar el derecho en general como ese conjunto de normas. dworkin justifica esto planteando q ese significado de  derecho solo atiende a un criterio formal y no a su contenido,  dejando a un lado y el vacio los princi´pios juridicos.
respecto a esta critica mi postura es a favor de hart ya que considero que es basico ebn el derecho que la recgal en su contedido formal sea valido ,a ya que hay normas que necesariamente deben ser identificadas formalmente , tambien considero que es bueno la separacion de derecho y moral , ya que siendo la moral subjetiva puede afectar enm un fallo gran parte si no se toma en cuanta la norma sino simplemnte la moral.

llegamoa ahora a la discrecionalidad judicial siendo para hart no una forma arbitrariedad, ni mucho menos total ausencia de limitaciones juridicas; pero cuando un caso no esta totalemnet cubierto por la regla , es el juez, a el funcionario encargado , con su subjetividad quien toma la decision en el fallo, lo que significa entonces para dworkin ir mas haala de lo establecido en la ley .de este modo dwork plante que el juez no se vuelva un legislador en los casos dificiles , donde la ley no abarque su solucion ,y  que las decisiones judiciales no sean tomadas como inseguridad juridica en dichos casos.
wen esta postura de cierto mdoo estoy en acuerod y desacuerdo ocn dworkin , en acuerdo ya que le juez solo es condoderado como interprete de la ley no coo creador de esta , y en desacuardo cuando plantea que en el ordenamiento juridico siempre hay una unica respuesta correcta, considero entonces que el juez el que  debe tener una vision objetivista y dea cauerod ocn este hacer una vesion verdadera de dicho caso complejo , guiandose basicamente por su objetividad.

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