jueves, 29 de septiembre de 2011

Dworkin Hart Conceptos JUAN SEBASTIAN GUTIERREZ SERNA

Dworkin y el realismo jurídico
Para Dworkin lo mas importante en su postura de el realismo jurídico, es el estadounidense, en donde el juez se convierte en un pequeño legislador, porque a partir de la jurisprudencia crea derecho para solucionar, los casos que se presentan.
“Según Dworkin, en los casos difíciles (aquellos en los que los juristas expertos no se ponen de acuerdo en cuál es su solución jurídica), los jueces no deciden de forma discrecional, como afirman los positivistas, pues si existiera esa discrecionalidad el juez invadiría la función del legislador. El juez al decidir no debe crear derechos, sino confirmar o denegar los derechos que los individuos poseían antes de su decisión. Los principios constituyen los materiales que permiten al juez buscar las respuestas correctas en los casos difíciles”.*


Ronald Dworkin: Iusnaturalismo

La idea principal de Dworkin es que deben existir unas reglas, que dirijan la conducta humana, de los hombres.

“Para Dworkin existen dos principios jurídicos que son:

(1) considerar que forman parte del derecho al igual que las reglas, y que obligan de la misma manera que éstas, o bien
(2) negar que los principios obliguen de la misma forma que las reglas, considerando que existen más allá (o sobre) el derecho”*



H. L. A. Hart: Iusnaturalismo

Para Hart el derecho más importante es de la libertad; el derecho de todos los hombres por igual a ser libres. Para ningún hombre tiene derecho absoluto o incondicional.
El principio para Hart es que todos los hombres tienen igual derecho.
Para Hart la existencia de un Derecho moral, es antecedente para que exista un Derecho natural.

“Hart clasificó las normas secundarias en la siguiente forma:
a) Regla de reconocimiento: Sirve para identificar que normas pertenecen a un sistema jurídico (el criterio de identificación sería el de origen),
b) Reglas de cambio: Indican un procedimiento para que las reglas primarias cambien en el sistema y así dinamizar el ordenamiento jurídico,
c) Reglas de adjudicación: Dan competencia a individuos para que establezcan si se infringió o no una regla primaria.”*


No hay comentarios:

Publicar un comentario